La Sala Primera del Tribunal Supremo, reconoce que la actitud de la
madre consistente en impedir la relación personal entre el padre y el
hijo, aunque éste también tenía atribuida la guarda y custodia, ha
ocasionado graves perjuicios al padre así como...
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La Sala Primera del Tribunal Supremo, reconoce que la actitud de la
madre consistente en impedir la relación personal entre el padre y el
hijo, aunque éste también tenía atribuida la guarda y custodia, ha
ocasionado graves perjuicios al padre así como daños morales
susceptibles de ser indemnizados.
En este sentido la sala establece una
indemització de 60.000 euros a favor del padre que deberá ser abonada
por la madre.
Ver sentencia